Desde hace años, la práctica de enviar tarjetas de crédito no solicitadas ha sido una preocupación creciente. Juana, profesora madrileña, recibió en su buzón una tarjeta revolving sin haberla pedido. Al mes siguiente, descubrió un cargo de 150 euros, con intereses diarios que seguían aumentando. Este caso refleja un patrón de riesgo de sobreendeudamiento silencioso que ha motivado una reforma normativa sin precedentes.
El anteproyecto de Ley de Contratos de Crédito al Consumo, aprobado el 7 de enero de 2026, da un paso definitivo para frenar prácticas como la ampliación unilateral del límite, la emisión no solicitada y los costes desproporcionados. A través de esta ley, el legislador pretende devolver al consumidor el control sobre sus finanzas y reducir la asfixia económica derivada de deudas inesperadas.
La amenaza de las tarjetas sorpresa
Las llamadas “tarjetas sorpresa” comenzaron a proliferar con la popularización de las tarjetas revolving. Muchas entidades enviaban estos plásticos sin aviso, activando líneas de crédito automáticas que se convertían en una trampa de altos intereses. El resultado era un incremento en las reclamaciones al Banco de España, que en 2024 registró más de 12.000 quejas por tarjetas no solicitadas.
Estos instrumentos generaban un ciclo de pago perpetuo: se liquidaba el mínimo mensual y los intereses seguían corriendo. La combinación de costes ocultos y falta de transparencia dejaba al consumidor sin capacidad real de liquidar el saldo pendiente. Bajo este esquema, individuos con ingresos modestos terminaban atrapados en deudas superiores al doble del dinero inicialmente dispuesto.
Garantías fundamentales para el usuario
El artículo 63 del anteproyecto establece prohibiciones imprescindibles:
- No se pueden emitir tarjetas de crédito no solicitadas.
- Queda prohibida la ampliación unilateral del límite sin petición previa.
- El consentimiento debe revestir un acto afirmativo inequívoco y claro.
Estas medidas trasponen las directivas europeas 2019/2161 y 2021/2166, reforzando los derechos de quienes contraten creditos al consumo de forma libre y consciente. La norma exige que cualquier oferta comercial requiera un documento o herramienta digital donde el usuario marque expresamente su aceptación, sin casillas pre-marcadas y con comprobante de verificación.
Además, mantiene la excepción de renovaciones, siempre que no impliquen un aumento de límite o modificación de condiciones. Para casos de ampliaciones solicitadas, la entidad debe proporcionar una oferta personalizada y permitir al cliente rechazarla sin penalización.
Nuevos límites financieros para evitar la usura
Uno de los avances más relevantes es la fijación de topes al coste del dinero (TAE) en el sector del consumo. Se ha establecido un límite provisional de 22% TAE que aplica a todas las operaciones nuevas y a las tarjetas revolving existentes, hasta que se concreten los tramos definitivos en un Real Decreto.
Los topes definitivos, que el Banco de España actualizará cada trimestre, variarán según la cuantía y plazo del crédito. Esta medida pretende garantizar que ningún contrato supere un margen de interés abusivo, ajustando los porcentajes al contexto económico y a la capacidad de pago media de los hogares españoles.
Adicionalmente, el proyecto incorpora límites a los descubiertos bancarios y refuerza los criterios de categorización del crédito de alto coste. Con estas herramientas, el legislador busca equilibrar la protección al consumidor con la viabilidad de la oferta financiera.
Transparencia y apoyo al consumidor
La claridad en la información es clave para empoderar al usuario. La ley exige una información precontractual destacada en una sola página, donde se detallen la TAE, comisiones, plazo, importe total adeudado y consecuencias de impago. De esta forma, se reduce la confusión y se facilita la comparación de ofertas.
- Resumen claro de las condiciones esenciales.
- Servicios de asesoramiento financiero, jurídico y psicológico.
- Derecho de reembolso anticipado sin penalización.
- Supervisión por el Banco de España a todas las entidades.
También se crea una red de servicios gratuitos de asesoramiento para deudores, que incluirá orientación en gestión de deudas, apoyo legal y atención psicosocial. Este enfoque integral reconoce que el sobreendeudamiento puede tener consecuencias en la salud mental y en la inclusión social de las personas afectadas.
Cómo actuar y defender tus derechos
Si detectas irregularidades en tu tarjeta o descubres cargos no autorizados, no debes resignarte. Existen pasos claros para reclamar y revertir situaciones de abuso:
- Revisar de forma periódica extractos y contratos.
- Pedir explicaciones por escrito a la entidad financiera.
- Presentar reclamación interna en el servicio de atención al cliente.
- Acudir al Banco de España si la respuesta es insatisfactoria.
- Buscar asesoramiento en asociaciones de consumidores o despachos especializados.
Con la nueva disposición, la reclamación extrajudicial gana fuerza: si tras dos meses no hay respuesta, el consumidor puede presentar demanda con precedentes normativos más sólidos. La mediación se presenta como una vía rápida y eficaz antes de llegar a juicio.
Conclusión práctica
La reforma del crédito al consumo en España marca un hito en la protección de los consumidores frente al sobreendeudamiento. Desde la prohibición de tarjetas no solicitadas hasta los topes en la TAE y las mejoras en transparencia, cada medida se alinea con el objetivo de otorgar poder de decisión al usuario.
Para beneficiarte de estas garantías, mantente atento a las condiciones de tus productos financieros. Lee cada cláusula, solicita información adicional y ejerce tu derecho a asesorarte antes de firmar. Utiliza herramientas digitales que registren consentimientos y te alerten de cambios en tus límites de crédito.
En definitiva, la ley sitúa al consumidor en el centro del sistema, estableciendo un entorno más justo y transparente. Si alguna vez recibes una tarjeta sin haberla pedido o te ofrecen un aumento de límite sin tu permiso, recuerda que tienes derecho a rechazarlo y a reclamar amparo legal.
Referencias
- https://www.businessinsider.es/economia/gobierno-prohibe-los-bancos-emitir-tarjetas-credito-ampliar-su-limite-sin-peticion-cliente_6927783_0.html
- https://www.larazon.es/economia/gobierno-prohibe-bancos-expedir-tarjetas-credito-ampliar-limite-consentimiento-cliente-p7m_2026020269809db82f00a04688f354f9.html
- https://www.elespanol.com/sociedad/20260214/confirmado-gobierno-prohiben-bancos-expedir-tarjetas-credito-ampliar-limite-sin-cliente-pida/1003744128815_0.html
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-13411
- https://www.elconfidencial.com/espana/2026-02-02/oficial-gobierno-prohibe-bancos-espanoles-tarjetas-credito_4295296/
- https://www.rocajunyent.com/es/eventos-y-publicaciones/alertas/nueva-ley-credito-consumo-2026-limites-intereses-proteccion
- https://portal.mineco.gob.es/es-es/comunicacion/Paginas/creditos-consumo.aspx
- https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/resumenes/paginas/2026/070126-rueda-de-prensa-ministros.aspx
- https://www.hola.com/al-dia/20260210882752/adios-tarjetas-sorpresa-ley-2026-limites-credito-consentimiento/







